Cambios en las medidas económicas y fiscales para autónomos y pymes

Autónomo

Los trabajadores autónomos son un colectivo que soporta excesivas cargas económicas, además de elevados costes de cumplimentación de sus obligaciones formales con la Hacienda Pública y la Seguridad Social, que no tienen en cuenta las diferencias de ingresos con los trabajadores asalariados.

Estas condiciones que sufren más de tres millones de personas en nuestro país, pretenden ser revertidas durante el transcurso de este año gracias a las medidas que establece el Gobierno a través de Ley de autónomos y las Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

Recopilamos las medidas fiscales y administrativas que afectarán a la actividad de los trabajadores por cuenta propia con esta nueva reforma que entrará en vigor con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para este 2017, una fecha que todavía no está clara.

 

SEGURIDAD SOCIAL

  • Cuota de autónomos 2017. Dependerá de lo que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En 2016, la cuota mensual de autónomos se situó en 267,04 euros correspondiente al incremento del IPC. Siguiendo el mismo proceso, la cuota de autónomos para este 2017 ascendería a 269,71 euros. La cuota máxima de cotización pasará de los 3.642 euros mensuales de 2016 a los 3.751 euros que se espera en 2017.
  • Cuota de los autónomos societarios. Si la cuota durante 2016 era de 1.016,40, en 2017 será de 1152,79 tras aplicarle la subida del 8% del SMI. Por lo tanto, la base máxima que estaba fijada en 3.642 euros al mes, pasa a 3.751 euros mensuales para 2017, lo que supone un aumento en la cuota máxima de 32,77 euros mensuales.
  • Ampliación de la Tarifa Plana de seis meses a un año para nuevos autónomos.
  • No se contempla la tarifa plana para autónomos societarios, peses a las sentencias favorables al autónomo societario.
  • La posible Reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que podría establecer el cobro del 100% de la pensión de jubilación mientras se sigue ejerciendo la actividad.
  • Bonificación del 100% de la baja por maternidad, quedando exentas del pago de la cuota durante la misma.
  • La Propuesta de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo establece que las altas y bajas a la Seguridad Social serán efectivas en el momento de su solicitud.
  • El trabajador autónomo podrá realizar hasta cuatro cambios anuales en la base de cotización.
  • Flexibilidad en los recargos por los retrasos en el pago de las cuotas.
  • La implantación de la cuota progresiva de autónomos en función de los ingresos reales se contempla con la reforma del RETA, que además suprimiría la obligación de cotizar a aquellos trabajadores autónomos que no superen el SMI.

HACIENDA E IMPUESTOS  DE LOS AUTÓNOMOS

 

 

  • Aplazamiento de las deudas fiscales para los impuestos repercutidos que se podrán aplazar sin aval hasta los 30.000 euros.
  • Nuevas deducciones para autónomos, como los gastos relacionados con automóviles parcialmente afectados a una actividad económica y con los suministros de agua y electricidad de un profesional que no tenga local y realice el trabajo en su domicilio.
  • Cambios en  el Impuestos de Sociedades que afectarán únicamente a las grandes empresas, entre los que destaca el incremento del tipo mínimo del 18% al 23%.
  • Las sociedades civiles con un objetivo mercantil y una actividad económica tienen que tributar por el impuesto de sociedades.

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